Economía colaborativa, un “negocio” de 28.000 millones de euros en Europa - The Social Media Family
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Economía colaborativa, un “negocio” de 28.000 millones de euros en Europa

Durante las últimas semanas hemos tenido que convivir con noticias de coches de Cabify literalmente quemados en Sevilla, al director general de Airbnb dar explicaciones en directo sobre su modelo de negocio en televisión o al CEO de Uber discutir acaloradamente con uno de los chóferes de la compañía, mientras el gremio del taxi encadena manifestaciones una tras otra en defensa de sus derechos. Sin embargo, la economía colaborativa va mucho más allá: según fuentes de la Comisión Europea, bajo esta denominación se desarrollaron actividades económicas por valor de 28.000 millones de euros solo en 2015 (último ejercicio del que se disponen datos), si bien calculan que esta cantidad puede dispararse durante los próximos años hasta los 600.000 millones, lo que equivaldría a la suma de los PIBs de Bélgica y Holanda.

Definición de Economía colaborativa

Las cifras hablan por sí solas: el modelo de economía colaborativa ha llegado para quedarse, y por ello es necesario comprender en qué consiste y a qué regulación está sometido actualmente. Desde la Comisión lo definen como un modelo circular, en oposición al modelo de producción lineal, basado en “extraer, producir, usar y tirar”. Se trata, de alguna manera, de “reciclar” los recursos existentes con el fin de volverlos a utilizar. Sin embargo, el marco regulatorio es algo más ambiguo, ya que desde el citado organismo se asegura que solo puede intervenir si no existe legislación nacional al respecto, quedándose apenas en la redacción de una agenda europea con una serie de recomendaciones en 2016, que carece de la calificación de reglamento.Bajo este contexto, ¿qué es exactamente la economía colaborativa? A modo anecdótico os contaremos que el término ‘sharing economy’ fue empleado por primera vez por Lawrence Lessig, abogado y académico especializado en derecho informativo es conocido por ser el creador de la iniciativa Creative Commons (también es el fundador del Centro para Internet y la Sociedad en la Universidad de Stanford) en su libro “Remix” en 2008. Por economía colaborativa se entiende aquel marco digital donde los usuarios interactúan entre ellos con una finalidad comercial, eso sí, cada usuario puede tomar el rol de comprador o vendedor.

Cómo ‘convivir’ con la economía colaborativa

Entonces, ¿qué deben –o pueden- hacer los estados de la Unión al respecto? No pueden requerir licencias, plantear impedimentos o cualquier actividad de estos nuevos negocios: deben desarrollar unos apartados dentro de sus legislaciones nacionales enfocadas a economía colaborativa, velar porque los servicios prestados se tasen conformen a la legalidad vigente, así como los derechos de empleadores y empleados (un punto recurrente en empresas como Uber). Son estos mismos estados quienes limitan la participación del organismo supranacional a la organización de talleres y difusión de buenas prácticas e información, acciones centralizadas desde la Dirección General de Crecimiento de la Unión Europea (DG GROW).

Sin embargo, la realidad es que hay países con una legislación mucho más avanzada en estos temas (Francia, Italia o Portugal son una muestra de ello), una suerte de Europa a dos velocidades que provoca graves quebraderos de cabeza entre las empresas con vocación internacional (realmente llamativo es el caso de España, donde, además de la administración central, son las propias comunidades autónomas y ayuntamientos quienes tienen transferidas sus competencias sobre determinadas actividades económicas en verticales como alojamiento y transporte).

Es en estos casos cuando se producen situaciones contradictorias, que pueden llegar incluso a contravenir la normativa de ecommerce y sociedad de la información.

¿Y las empresas? ¿Cuál es su postura? Desde Sharing España, colectivo integrado dentro de Adigital que defiende los intereses de las principales compañías de economía colaborativa, se publicó recientemente un estudio sobre modelos colaborativos y bajo demanda en plataformas digitales, cuyo objetivo era trascender el concepto de Economía Colaborativa (relaciones entre iguales, ya sea entre usuarios o entre empresas, a partir de una plataforma), introduciendo otros términos como la Economía Bajo Demanda (acuñado por la propia Comisión Europea consistente en un modelo en el que el profesional presta un servicio a un consumidor) y la Economía de Acceso (donde la empresa presta servicio subyacente, como el conocido carsharing).  En definitiva, se trata de trascender dicho término hacia otro mucho más genérico, el de Economía Digital.

Retos de la economía circular

Siguiendo con la postura de las empresas, representantes de esta misma asociación destacan, a su vez, los dos grandes desafíos a los que debe enfrentarse el sector:

  • A nivel de plataforma, poder determinar cuándo la plataforma presta el servicio subyacente y cuándo no. Si tienes bienes, fijación de precios, que imponga condiciones contractuales a quienes prestan el servicio. Ahí se aplica la normativa sectorial en lugar de la digital.
  • Problemática fiscalidad y laboralidad. Ahora mismo, en España se han constituido empresas que han permitido el acceso al mercado de los llamados ciudadanos productores, aquellos que prestan un servicio sin ser profesionales, una frontera que en países como Francia es mucho más clara. Por otro lado, hay que tener en cuenta la obligación de abonar una cuota de autónomo, lo que en ocasiones puede ser incluso superior al monto ingresado.

Conclusiones

Para terminar, hablemos de los derechos de los consumidores: ¿quién protege sus derechos? En términos generales, la plataforma no es responsable de quienes prestan los servicios dentro de la misma, por lo que estamos ante un modelo de negocio basado en la confianza entre las partes, algo que por el momento funciona, a tenor de los resultados de uno de los últimos Eurobarómetros para la ciudadanía, en donde más de la mitad de los europeos afirmaba conocer el término economía colaborativa, y de éstos, una sexta parte había participado de la misma.

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